Revista de Estudios Tributarios https://rchd.uchile.cl/index.php/RET <p>El Centro de Estudios Tributarios, perteneciente al Departamento Control de Gestión y Sistemas de Información de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile, tiene el agrado de poner a disposición de la comunidad tributaria, el último número de la Revista de Estudios Tributarios.</p> Universidad de Chile. Facultad de Economía y Negocios es-ES Revista de Estudios Tributarios 0718-9478 <h3>Derechos de autor</h3> <p>El envío y evaluación de los manuscritos recibidos supone que el o los autores declaran ser titulares originarios y exclusivos de los derechos patrimoniales y morales de autor sobre el artículo, de conformidad a lo dispuesto en la ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual (Chile) y que, en caso de haber utilizado obras ajenas en la creación del artículo, ya sea de manera total o parcial, declaran contar con las respectivas autorizaciones o licencias de uso de sus respectivos titulares o que su utilización se encuentra expresamente amparada por la ley. Los autores deben garantizar que se presentarán obras totalmente originales, y que el texto o materiales que los autores han utilizado hace referencia a ella correctamente. <strong>El plagio en cualquier forma es un comportamiento poco ético editorial y no será tolerado.</strong></p> <p class="MsoNormal">La autoría del artículo: La autoría pertenece a aquellos individuos que aportaron de manera considerable a la formación, el diseño, la ejecución, o la comprensión del artículo. Todos los individuos que contribuyeron de forma considerable en el artículo deben ser mencionados como coautores. Otras personas que contribuyeron a otras partes sustantivas de la investigación deben ser reconocidos o figurar como contribuyentes. El autor principal tiene la responsabilidad de incluir a todos los coautores y colaboradores en el papel y garantizar que todos los coautores han revisado y aprobado la versión final del documento y consentido en su presentación para su publicación.&nbsp; El reconocimiento de fuentes: se requiere el reconocimiento adecuado de la obra de otros autores en el artículo. Los autores deben incluir las publicaciones de quienes influyeron en la formación de la sustancia de su trabajo. La investigación en privado, tales como la conversación, comunicación, o el diálogo con terceros, está prohibida, salvo en caso de permiso explícito por escrito de esos individuos. 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Los autores conservan sus derechos de autor sobre sus obras, pudiendo reutilizarlas según decidan. Por lo tanto, <strong>la Universidad de Chile no se encuentra facultada para autorizar la reproducción de algún artículo en particular de la Revista o de un conjunto de ellos, autorizaciones que deberán ser otorgadas a los interesados por cada uno de los autores.</strong></p> Comité Evaluador https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76149 Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 1 4 Prólogo https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76151 <p>La Revista de Estudios Tributarios es desarrollada por un multidisciplinario grupo de profesionales relacionados con la materia: abogados, contadores auditores, economistas, ingenieros comerciales, etc. quienes se han desarrollado profesionalmente en el sector público o privado, nacional e internacional. Es por ello que los temas tratados en la revista son abordados desde diversas perspectivas, por lo que los trabajos publicados en ella exponen de manera técnica y pedagógica los resultados de diversos análisis e investigaciones.</p> <p>El presente número publicamos varios artículos de interés, entre los cuales destacamos los trabajos de nuestros alumnos de magíster. Los estudiantes que han realizado los trabajos más destacados de dicho programa, son invitados anualmente a modificarlos para ser publicados en la Revista.</p> Gonzalo Polanco Zamora Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 5 6 ASPECTOS TRIBUTARIOS DE LOS BONOS PERPETUOS https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76152 El trabajo describe en términos general algunos aspectos regulatorios de los llamados bonos sin plazo fijo de vencimiento o bonos perpetuos, para luego analizar sus diversos aspectos tributarios. También se refiere a algunos instrumentos de “Deductible Equity” o “Patrimonio Deducible” que se han emitido en el extranjero. Finalmente, contiene consideraciones generales respecto de los instrumentos híbridos de acuerdo con lo prescrito por la OECD, como también las normas introducidas por la Unión Europea y Estados Unidos. Raúl Fuentes Ugalde Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 11 38 EXCESO DE ENDEUDAMIENTO: FALTA DE ARMONIZACIÓN FRENTE A ENTIDADES CON DOBLE RESIDENCIA https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76154 <p>Los grupos empresariales pueden recurrir a diferentes mecanismos de elusión fiscal, tales como precios de transferencia, treaty shopping, pagos a paraísos fiscales, exceso de endeudamiento, entre otros, lo cual impacta en la recaudación del país. Si bien en Chile se incorporaron normas de control con la finalidad de mitigar la elusión y evasión fiscal internacional, de igual modo hay mecanismos que no han sido abordados por la legislación interna, por lo que, los grupos empresariales pueden gestionar sus políticas tributarias y así obtener, ya sea, beneficios o sanciones de aquello.</p> <p>En el presente estudio se desarrolla el caso donde un contribuyente chileno, quien, en su calidad de deudor, cumple con la relación de 3 veces el patrimonio sobre 1 de deuda, que establece artículo 41 F de la Ley de impuesto a la Renta sobre el exceso de endeudamiento. Mientras que, a su vez existe una tercera jurisdicción que considera residente a esta entidad, dado que la sede de dirección se encuentra en dicho país, lo que provoca que el deudor tenga doble residencia fiscal, dando lugar a una entidad de doble residencia. Dada la implementación de un mecanismo híbrido, es posible deducir el gasto financiero, tanto en Chile como en el extranjero, puesto que la normativa local no contempla estas situaciones, las cuales han sido descritas por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (en adelante “OCDE”) en la acción N°2 del plan BEPS.</p> <p>Con el fin de mitigar los riesgos que podrían afectar a un grupo empresarial debido a la implementación de estos mecanismos, se proponen una serie de recomendaciones que podrían servir como guía, asegurando prácticas empresariales que cumplan con las regulaciones internacionales. Estas medidas podrían alinearse con las directrices entregadas por la OCDE, a través del plan BEPS.</p> Isabel Constanza Millanao Yáñez Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 39 61 IMPUESTO ADICIONAL Y TRATADOS TRIBUTARIOS: IMPLICANCIAS EN LA EXENCIÓN DE IVA EN SERVICIOS POR TRABAJOS TÉCNICOS https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76155 Se efectuará un análisis de los procedimientos para establecer la tributación de los servicios técnicos prestados por empresas sin domicilio ni residencia en Chile, cuando éstos son clasificados como beneficios empresariales según los convenios para evitar la doble imposición en los casos que aplique, en el contexto de una inexistencia de un establecimiento permanente. Considerando lo anterior, se realiza un análisis de las rentas liberadas de impuesto adicional por aplicación de un convenio para evitar la doble imposición, pero consecuentemente quedan afectos a IVA. Finalmente se establece un protocolo de recomendaciones, que se puede utilizar como guía para analizar por pasos la tributación del servicio técnico. Angélica Betsabé Lemunao Pilcoman Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 63 97 EQUIDAD DE GÉNERO TRIBUTARIA. Abordando la brecha del impuesto a la renta sobre las remuneraciones y honorarios, a través de una modificación a la ley de donaciones. https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76156 Claudia Goldin, profesora de Harvard, recibió el Nobel de Economía 2023 por su investigación sobre la brecha salarial de género. Concluyó que cuando las tareas son equivalentes, no hay diferencias salariales por género para un mismo cargo y que las disparidades se deben a elecciones ocupacionales, ya que las mujeres tienden a optar por trabajos con flexibilidad horaria. Propongo un Índice de Brecha de Género Femenino Tributario (IBGFT) basado en datos tributarios de 2005-2022, que muestra una menor brecha en pequeñas Organizaciones Sin Fines de Lucro. Se sugiere que las empresas cuenten con su IBGFT en el sistema SII y mejoren la equidad de género para acceder a franquicias tributarias, tema desarrollado en mi Tesis de Magister en Tributación (2024). Claudio Pardo Molina Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 99 124 RIESGOS DE INCUMPLIMIENTO TRIBUTARIO: ANÁLISIS DE UN GRUPO INTERNACIONAL CON PRESENCIA EN CHILE https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76157 La gestión de riesgos tributarios es crucial para cualquier organización, especialmente en un entorno globalizado como el de DP World, con cambios constantes en la regulación fiscal. Este artículo se enfoca en identificar, valorar y mitigar los riesgos de incumplimiento tributario de un grupo empresarial de los Emiratos Árabes Unidos con operaciones en Chile. Se analizarán las obligaciones tributarias locales e internacionales, los riesgos asociados y se propondrá un plan de mitigación basado en un enfoque cualitativo. El análisis se centrará en las etapas principales de gestión de riesgos tributarios, comenzando con la identificación y análisis de riesgos a través de la revisión normativa, entrevistas y análisis cualitativo. Posteriormente, se priorizarán los riesgos según su severidad para determinar las acciones necesarias, siguiendo la guía de la norma ISO 31.000. Se desarrollará un plan de mitigación para cada riesgo relevante identificado, con el objetivo de reducir la posibilidad de ocurrencia e impacto de los riesgos investigados y favorecer una estrategia corporativa sustentable con la industria, logrando una alta eficiencia en la gestión de los riesgos tributarios de incumplimiento. Pablo Ignacio Hernández Bustos Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 125 140 NORMA LOCAL DE SECRETO BANCARIO PARA FINES TRIBUTARIOS, EN RELACIÓN A LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DEFINIDOS POR LA OCDE https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76178 <p>Dentro de las condiciones legales mínimas que contempla la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – en adelante OCDE - para los países miembros, está el que puedan acceder a la información bancaria de los contribuyentes y así lograr -entre otras cosas- un estándar común de “Transparencia e Intercambio de información financiera”.</p> <p>El secreto bancario en Chile, es sin duda un tema controversial, y cada vez que se intenta modificar en pro de facultar a la administración tributaria con mayores herramientas para cumplir su objetivo de recaudación, encuentra una fuerte resistencia. La adhesión a la OCDE el año 2010, trajo consigo una serie de modificaciones a la limitada norma que regía esta materia, ampliando el espectro de posibilidades y estableciendo el procedimiento mediante el cual se podía levantar el secreto bancario. Pero pareciera que estos cambios no fueron suficientes, puesto que modificar esta norma sigue siendo un objetivo de campaña bastante polémico. Entonces surge la interrogante de si la norma local se adapta a los estándares internacionales planteados por la OCDE.</p> Ninoska Cisterna Terucan Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 141 171 EL EXAMEN DE RAZONABILIDAD DEL REINO UNIDO Y LOS PARÁMETROS PARA EVALUAR LA ELUSIÓN https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76187 Analiza el examen de razonabilidad de la normativa antielusiva general del Reino Unido la cual, si bien al igual que el Código Tributario nacional utiliza conceptos como el de razonabilidad, a diferencia de la legislación chilena, la ley británica contempla parámetros que permiten efectuar una evaluación objetiva de los hechos. Ello posibilita que personas diferentes lleguen a un resultado similar, evitando de esa forma que las resoluciones se puedan basar sobre elementos que han sido seleccionados para justificar decisiones que, en el mejor de los casos, están motivadas por los valores y sentimientos de justicia de quien resuelve, y en el peor de ellos, pueden buscar encubrir acciones discrecionales en una materia regida por principios constitucionales que buscan una aplicación uniforme de la ley. Gonzalo Vergara Quezada Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 173 210 ARTÍCULO 110 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO: DECONSTRUCCIÓN NORMATIVA https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76188 <p>El artículo 110 del Código Tributario permite eximir de responsabilidad penal o atenuar la pena para el infractor de escasos recursos pecuniarios, que, por su exigua ilustración u otra causa de justificación, haga presumir que ha tenido un conocimiento imperfecto del alcance de las normas tributarias.</p> <p>La norma referida representa una herramienta eficaz para la defensa de un contribuyente acusado por delito tributario, especialmente si consideramos las altas penas a las que se ven expuestos. No obstante, existe un déficit, tanto jurisprudencial como dogmático, en el estudio de los elementos normativos que posibilitan su aplicación.</p> <p>El presente trabajo pone su acento en la deconstrucción de estos elementos, para, finalmente, proponer una nueva vía de interpretación.El artículo 110 del Código Tributario permite eximir de responsabilidad penal o atenuar la pena para el infractor de escasos recursos pecuniarios, que, por su exigua ilustración u otra causa de justificación, haga presumir que ha tenido un conocimiento imperfecto del alcance de las normas tributarias.</p> <p>La norma referida representa una herramienta eficaz para la defensa de un contribuyente acusado por delito tributario, especialmente si consideramos las altas penas a las que se ven expuestos. No obstante, existe un déficit, tanto jurisprudencial como dogmático, en el estudio de los elementos normativos que posibilitan su aplicación.</p> <p>El presente trabajo pone su acento en la deconstrucción de estos elementos, para, finalmente, proponer una nueva vía de interpretación.</p> Harold Patricio Castillo Zamorano Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 211 233 CULTURA TRIBUTARIA E IMAGINARIO SOCIAL EN EL ESTADO DE JALISCO, MÉXICO https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76194 <p>Este trabajo analiza desde la perspectiva de la sociología de lo fiscal, las actitudes de ciudadanos – contribuyentes, respecto al imaginario social de la cultura tributaria en Jalisco. // El marco teórico aborda la sociología fiscal, la teoría de las representaciones sociales, los imaginarios sociales y las actitudes respecto a la cultura tributaria. // La hipótesis de trabajo es: La cultura tributaria tiene correlación con la percepción del imaginario social del ciudadano jalisciense para el cumplimiento tributario voluntario. // La variable dependiente: actitudes favorables hacia la cultura tributaria // La variable independiente: la percepción del imaginario social del ciudadano jalisciense, para pagar el cumplimiento tributario voluntario.</p> <p>La metodología es desde la perspectiva del paradigma cuantitativo y de nivel exploratorio. Se cataloga como no experimental. Se construyó un instrumento tipo Likert, con 20 ítems. Una vez que se realizó la prueba del instrumento, el escalamiento quedó en 18 ítems, en su versión final. // En la población y muestra, se identificó una población de 8.143,931 habitantes. La muestra aleatoria fue de 410 ciudadanos contribuyentes, con base a la fórmula de Krejcie &amp; Morgan, (1970), para determinar el tamaño de la muestra, con un nivel de confiabilidad del 95% y un margen de error del 5%.</p> <p>De acuerdo al momento en el que se recoge la información, la investigación es de tipo transversal, ya que se trabajó con datos correspondientes al periodo 2023 y 2024, fueron medidos solo una vez.</p> Marco Antonio Daza Mercado Antonio Sánchez Sierra Javier Ramírez Chávez Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 235 265 MAYOR VALOR EN LA ENAJENACIÓN DE BIENES RAÍCES SITUADOS EN CHILE https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76195 <p>A través del Reporte Tributario N° 105 de junio de 2019, se analizó el tratamiento tributario del mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces situados en Chile, o de derechos o cuotas respecto de tales bienes poseídos en comunidad, vigente a contar del 1° de enero de 2017.</p> <p>Sin embargo, a través de la Ley N° 21.210 de 2020, a contar del 1° de enero de dicho año, se introdujeron modificaciones a la letra b) del N° 8 del artículo 17 de la LIR, que afectaron las reglas referidas a la tributación de los citados mayores valores. Por su parte, la autoridad tributaria impartió las instrucciones pertinentes a través de la Circular N° 43 de fecha 5 de julio de 2021.</p> <p>En términos generales, a partir de esta última modificación, la tributación que afecta al mayor valor en la enajenación de dichos bienes sigue dependiendo de variables como la existencia de relación entre el enajenante y el, el plazo transcurrido entre la adquisición y la enajenación, el ejercicio de la facultad de tasación del Servicio de Impuestos Internos, el monto del mayor valor y los impuestos que afectan al enajenante, entre otras.</p> <p>Sumado a lo anterior, el N° XVI del artículo tercero de las disposiciones transitorias de la Ley N° 20.780, estableció un régimen especial para aquellas enajenaciones efectuadas por personas naturales respecto de bienes adquiridos con anterioridad al 1° de abril de 2004, lo que conlleva una complejidad adicional para el correcto cumplimiento tributario que afecta a los contribuyentes.</p> Luis González Silva Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 269 280 IMPUESTO ADICIONAL EN EMPRESAS DEL RÉGIMEN PROPYME https://rchd.uchile.cl/index.php/RET/article/view/76196 <p>El impuesto adicional es el tributo que afecta a las rentas de fuente chilena que son obtenidas por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile. Este tributo está sujeto a reglas de retención que buscan resguardar el interés fiscal.</p> <p>La aplicación de este tributo varía según el tipo de renta de que se trate, el cual incluye la obligación o no de presentar una declaración anual de impuestos a la renta por parte de los contribuyentes, y existen diferencias en la modalidad de retención, según el régimen en el que se encuentra la empresa.</p> <p>En el presente reporte revisaremos las obligaciones que afectas a las empresas del régimen Propyme general y de trasparencia tributaria, que están reguladas en la letra D) del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Nuestro estudio también incluye las obligaciones que recaen sobre los propietarios de tales empresas.</p> <p>Llamaremos régimen Propyme general a las empresas sujetas al N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, en las cuales los propietarios tributan con base a retiros o distribuciones; y llamaremos régimen Propyme de transparencia tributaria a las empresas sujetas al N° 8 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, en la cuales los propietarios no tributan con base al reparto de utilidades, sino sobre la renta que determina la pyme al término de cada ejercicio.</p> <p>El impuesto adicional que afecta a las rentas que obtengan los propietarios de las empresas mencionadas es de tasa 35%, debiéndose determinar la correspondiente retención con igual tasa. Sin embargo, de la retención procede la rebaja del crédito por impuesto de primera categoría que puede tener distintas características que potencialmente dificultarían la determinación de la retención.</p> Luis González Silva Derechos de autor 2024 Revista de Estudios Tributarios 2024-06-01 2024-06-01 31 281 291