La inobservancia al procedimiento administrativo de la Ley N° 19.880, realizado por la VI Dirección del Servicio de Impuestos Internos ante la pérdida de documentación tributaria prevista en el inciso primero del N°16 del Artículo 97 del Código Tributario

Autores/as

  • David Alejandro Ortúzar Cornejo

Resumen

Desde hace un tiempo y de oficio, sendos fallos emanados del Tribunal Tributario y Aduanero de la región de O`Higgins han sido uniformes en confirmar la infracción al procedimiento administrativo sancionatorio previo realizado en particular, por la VI Dirección del Servicio de Impuestos Internos, en el ejercicio de su potestad sancionatoria al conocer sobre la perdida y/o inutilización no fortuita de los libros de contabilidad o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables o que estén relacionados con las actividades afectas a cualquier impuesto contenida en el inciso primero del numeral 16 del artículo 97 del Código Tributario, por cuanto dicha autoridad tributaria, ha sustentado el procedimiento en base a normas reglamentarias propias y/o sin sujetarse a la ley N°19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, lo cual transforma el acto administrativo sancionatorio en ineficaz para la aplicación de multas y sanciones respecto a la infracción administrativa en cuestión.

Palabras clave:

Pérdida y/o inutilización, no fortuita, procedimiento administrativo sancionatorio, Ley N°19.880, ineficacia del acto administrativo

Biografía del autor/a

David Alejandro Ortúzar Cornejo

Magíster en Dirección y Planificación Tributaria. Universidad de Talca.
Postítulo Derecho Penal profundizado Universidad Diego Portales.
Postítulo Derecho Penal Económico y de la Empresa Universidad Diego Portales.
Diplomado en Tributación Empresarial Avanzado Universidad de Chile.
Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad de Talca.
Profesor de la cátedra de Derecho Económico Escuela de Derecho, Sede Machalí,
Universidad de Aconcagua.
Profesional Experto Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de O´Higgins.